SI ME VOY DEL TRABAJO TENGO DERECHO A FINIQUITO
Una pregunta frecuente entre los trabajadores que quieren mudarse a otro lugar es: Si dejo el trabajo, ¿tengo derecho a finiquito? Aquí te explicamos cómo puedes disfrutar de este plato. Sin embargo, deberá realizar algunos trámites pertinentes para obtenerlo. Sigue leyendo para saber cuáles son.

Si dejo de trabajar, ¿tengo derecho a un finiquito?
Se conoce como finiquito a la liquidación que se produce cuando se produce la extinción del contrato de trabajo, cuyo importe varía en función de los saldos de horas extraordinarias, vacaciones no pagadas, salario, etc.
Independientemente de cómo haya sido el cese, el finiquito debe darse a todo empleado que se encuentre en nómina y presente todos los reclamos para cancelar toda la deuda adeudada por la prestación de sus servicios.
Por lo que si tu despido es voluntario, no deberías tener ningún impedimento que prohíba recibir la indemnización por despido. No obstante, la empresa podrá negarse a efectuar la liquidación correspondiente. En ese caso, su próximo deber será poner fin a esta falta de responsabilidad ante los tribunales.
¿Quién regula el asentamiento?
Para una información detallada sobre la regulación y las reglas para la liquidación, se puede consultar en el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 49.2 «Causas de extinción de un contrato de trabajo». A continuación, enumeramos los apartados aprobados en el mismo.
- De mutuo acuerdo entre las partes.
- Todas las razones dadas deben ser validadas en el contrato.
- La expiración del tiempo estipulado o de la ejecución de los servicios, la obra o el objeto del contrato. Siempre que se notifique en el contrato.
- Por fallecimiento del trabajador, gran invalidez, invalidez permanente, total o absoluta.
- Retiro por motivos de pensión.
- Muerte, jubilación o invalidez del empleador. También puede deberse a la erradicación de la persona jurídica del Contratante.
- Dado a una fuerza mayor que imposibilite absolutamente la realización del trabajo.
- En caso de despido del trabajador o despido colectivo.
- Según la voluntad del trabajador, en base a un incumplimiento del contrato por parte del empleador.
- Por razones objetivas que sean legalmente relevantes.
- A raíz de una decisión del trabajador, como consecuencia de haber estado expuesto a violencia sexual.
¿En qué consiste un asentamiento?
En cuanto a los componentes o partes estructurales del asentamiento, mencionaremos la siguiente lista que se tendrá en cuenta a la hora de analizar la solvencia:
- Horas extras: pagos proporcionales no recibidos y/o aún no pagados.
- Cantidad de vacaciones restantes: se refiere a los días que han sido justificados y no utilizados.
- Pago de beneficios tales como aguinaldos u otros conceptos similares.
- Salario de los últimos días hábiles.
Para más información sobre la liquidación, visite la sede electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Y si estás en proceso de rescisión de tu contrato de trabajo, puedes descargarlo modelo de liquidación y liquidación.
Si tengo derecho a la liquidación, ¿puedo reclamar también un finiquito?
Te lo repetimos de nuevo. Cuando finaliza una relación laboral, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización por despido. Si el motivo del incumplimiento del contrato se debió a algún tipo de despido, renuncia voluntaria, etc.
Sin embargo, debe aclararse que un arreglo no es una compensación. Y por lo tanto son dos casos separados. En vista de ello, la indemnización sólo se concede en caso de despido -salvo que se trate de un despido disciplinario-. Que se puede cargar junto con la liquidación.
Asimismo, esto se hace con las prestaciones por desempleo, que sólo pueden percibirse si se produce un despido -de cualquier tipo- o si se produce una extinción del contrato de trabajo, por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
¿Qué consecuencias puede tener si la empresa no adopta el finiquito?
Probablemente esta pregunta es la que precede a nuestra mayor duda. ¿Tengo derecho a una indemnización por despido si dejo el trabajo? Pero en este caso, te repetimos que puedes tomar medidas al respecto. Hacer una reclamación o una demanda en los tribunales.
Aunque lo que se quiere es evitar la vía legal, se puede optar por reclamar directamente a la empresa, para buscar la mediación antes de envolver todo el proceso legal. Ahora se recomienda hacerlo por escrito para que haya un registro del reclamo.
Si hay una negativa antes de la mediación a tener un empleador que ignora el reclamo, el trabajador tiene derecho a la caducidad de todos un año, para exigir el pago de la liquidación a través de los tribunales.
Siempre teniendo en cuenta que dicho plazo comienza a contar desde la fecha en que la empresa debió efectuar la cancelación de la liquidación. Este proceso incluye la presentación de un formulario de mediación y, en su caso, la reclamación ante el Juzgado de lo Social.
¿Qué pasa si no se cumple el finiquito?
Suele ocurrir que al momento de pagar los montos de finiquito al empleado, éste no queda satisfecho con las cifras que le han sido reconocidas. Para poder verificar e invocar con fundamento, el empleado debe, por lo tanto, hacer los cálculos en compañía de sus asesores legales.
Estos deben ser precisos y todos deben corresponder a los diversos conceptos establecidos anteriormente. Por otra parte, si persiste la duda, es conveniente que la parte acusadora solicite cantidades superiores a las reflejadas en el presente documento.
Incluso si haces esto último, no garantiza que el pago sea por esa cantidad. Por otra parte, no es legalmente admisible exigir más de lo que ya se ha exigido en primera instancia en la nota de mediación presentada ante el tribunal.
Finalmente, muchos trabajadores cuestionan la importancia de firmar el finiquito, especialmente si finalmente todavía tienen dudas sobre el acuerdo alcanzado. Es decir, ¿es realmente importante firmarlo?
Así que no. Firmar el acuerdo es su propia decisión, por lo que no es estrictamente necesario si no desea hacerlo. De hecho, luego debe firmarlo y aún no estar de acuerdo con la cantidad recibida. Lo que en este caso sería tomado como una firma «Incompatible».