EMPLEADAS DEL HOGAR ¿COBRAN SEGURIDAD SOCIAL?

muchos no saben eso Empleados del hogar cobran seguridad social per. hora, también cubre una serie de beneficios. Esto quiere decir que ellos también tienen derechos y condiciones dentro de las normas del mercado laboral aplicables en este país, hoy te contamos de qué se trata.

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Los empleados domésticos y su seguridad social

Hace unos años, este tipo de trabajador no estaba formalizado ni incluido en la legislación laboral. Cuando intentaron registrarse, no había ninguna ley que protegiera su solicitud y hubo que llegar a acuerdos, que en la mayoría de los casos terminaron en disputas legales.

Plazos de alta en la Seguridad Social para Empleados del hogar en horas, se considera dentro del estatuto de los trabajadores. Hoy en este artículo te daremos todos los detalles al respecto; la idea es saber qué beneficios, derechos y obligaciones hay que cumplir.

Términos

Lo primero que hay que determinar es quién es el responsable de asumir la seguridad social de este tipo de trabajadores. Esta situación surge principalmente del empleador, independientemente de que el trabajador realice labores en diferentes hogares.

En este caso, cada empleador debe, bajo ciertas condiciones legales, asumir la responsabilidad por la seguridad social de los empleados domésticos. Para tener una idea más clara de lo que se debe suponer, es importante traer las reglas establecidas en 2013, las cuales establecen lo siguiente:

“Los trabajadores que presten sus servicios por menos de 60 horas mensuales por empleador deberán formular su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos directamente cuando así lo acuerden con dichos empleadores.”

Estas solicitudes de alta y baja, así como las variaciones en los datos facilitados por los solicitantes, irán siempre acompañadas de la firma de los empresarios.

¿Dónde está en demanda?

Aplicaciones para disfrutar de los beneficios de Seguridad Social Deben ser realizados por la propia persona a través de las oficinas de administración de la Tesorería General de la Seguridad Social. Si quieres conocer otra información relacionada con este punto, es importante que te dirijas a la web oficial donde encontrarás todo lo que buscas.

periodo de aplicación

Para solicitar el registro es importante que la persona se presente con tiempo suficiente antes de iniciar la actividad laboral. En el caso de despido, deberá efectuarse en un plazo máximo de 6 días naturales desde la celebración del contrato de trabajo.

No hay prórroga y ésta se puede realizar a través de la página web de la Tesorería de la Seguridad Social o acudiendo a las oficinas administrativas más cercanas de la respectiva comunidad autónoma; Sin embargo, con el problema de la pandemia actual, los procesos se han agilizado y se permiten algunos días de extensión como parte de la flexibilidad en relación con la situación actual.

cotizaciones

Estos varían en función de la jornada laboral y el horario de trabajo, por ejemplo, si una trabajadora del hogar gana entre 500 y 645 euros al mes, el trabajador debe aportar 152,49 euros, mientras que el empleador debe aportar 92 euros.

En el caso de que una trabajadora del hogar genere unos ingresos de 1.150 a 1.300 euros mensuales, deberá aportar 309 euros, mientras que el empleador aporta 160 euros. Todos estos valores son máximos calculados sobre la base de todas las horas de trabajo mensuales.

Responsabilidad

El incumplimiento de la obligación de cancelar la cotización al régimen especial de los empleados domésticos es a costa del propio trabajador: el empleador es un subsidiario, lo que sólo equivale a hacerlo de manera obligatoria sin responsabilidad que pueda acarrear ningún tipo de delito. Actuar.

La responsabilidad de la no infracción de la obligación de cotizar al Sistema Especial de Receptores de Vivienda, en estos supuestos, la asume el propio trabajador. Asistencia al patrón oa los trabajadores, salvo que justifiquen la entrega de sus aportes y honorarios por persona permitida por la ley.

Todos estos cambios comenzaron a surtir efecto a partir del año 2014, cuando se adaptan todas las bases de cotización previstas en el régimen especial de empleados domésticos a las cotizaciones del régimen general, en todo caso para el año 2024 está previsto realizar otros cambios y ajustes

actualizaciones

A partir de este año, se utilizará el tipo de cotización y la distribución entre empresario y trabajador conforme a lo previsto en las condiciones generales previstas en la ley de presupuestos generales del Estado, para el régimen general de la seguridad social. El mismo afirma lo siguiente:

SMI (Salario Mínimo Integral) 2021 = 950 euros x 14 pagas = 13.300 € (14 pagas). Es decir, la tarifa horaria de una empleada doméstica es de 7,42 euros/h. El período mínimo por día se fija entonces en 31,66 Euro / d.

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recomendaciones

La mayoría de los empleadores de este tipo de trabajadores no tienen la menor idea del compromiso que tienen con ellos. La mayoría de los casos se deben al desconocimiento y falta de publicidad e información por parte de las autoridades; algunos incluso creen que es un invento de la gente para sacar más dinero a quienes contratan a este tipo de empleados.

Otros ni siquiera saben cómo cancelar este tipo de gastos. Una recomendación a los empresarios debe centrarse en la verificación y actualización de los datos en relación con la Seguridad Social para estar al tanto de los cambios y modificaciones realizados en el SMI.

Con respecto a los trabajadores, es importante estar al tanto de las actualizaciones en las cotizaciones. Al momento de la citación, deberán solicitar toda la información que pueda ser utilizada para realizar los pagos en los lugares más cercanos a su lugar de residencia o lugar de trabajo.

Recuerde que esta es una acción que en parte asegura el futuro del trabajador en el país. También brinda el beneficio de tener todos los derechos legales a la seguridad social para las personas en el país.

conclusión

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